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iii Mi casa... mi visado... !!!

Archivado en General • Fecha: 14-11-2006 21:06:02

iii Mi casa… mi visado… !!!

Ultimamente he estado ocupado con el cambio de vivienda, asentando y sacando las últimas cosas, renovando mi visado en Japón y preparando un nuevo curso que ha comenzado ya este mes por lo que no he tenido tiempo prácticamente para nada. Bueno, he tenido tiempo para leer unos cuantos libros e irme un par de días de pesca o también montar un rato en la bicicleta, la “burra colorá”, como yo la llamo.

Si alguna vez decidís venir a vivir a Japón, pensároslo bien primero. Tened en cuenta que al alquilar una vivienda deberéis pagar tres meses de fianza ( el reikin ), el mes de entrada por adelantado, un mes de cortesía al dueño por hacer el “favor” de alquilarte la vivienda ( las cuales son minúsculas ) y un mes a la inmobiliaria que hace el contrato. Total 6 meses de un golpe, a 120,000 yenes por mes, ya podéeis iros imaginando el tema. Y dicen que en Japón no hay robos… iii Joder, de “guante blanco” diría yo !!!.

Aparte otras consideraciones, como que se necesita un fiador obligatorio que te avale y que el contrato se renueva cada dos años, debiendo pagar otra vez un mes de cortesia al dueño en cada renovación. Eso sí, cuando decidas marchar de la vivienda perderás la fianza obligatoriamente “para gastos de reparación y desgaste”, te dirá la inmobiliaria, porque el dueño ni aparecerá ni dará la cara, aunque no hayas roto nada y lo dejes todo tal como estaba.

En el tema del visado pasa tres cuartos de lo mismo. Aquí los extranjeros tenemos dos documentos que debemos llevar siempre obligatoriamente encima: el pasaporte (“el paspoto”) y el carnet de “alienígena”, ( es decir el “Certificate of Alien Registration”, gaijintoroku, en japonés ) o permiso de residencia para extranjeros.

Sin embargo hay una contradicción entre ellos. El visado ( que te lo plantan en el pasaporte ) ha de renovarse obligatoriamente cada tres años. El “gaijintoroku” se ha de renovar cada cinco años. Joder, si tienes un permiso de residencia por cinco años para qué has de renovar el visado cada tres años. O renuevas los dos a los 5 años o los dos a los tres años. Si tengo permiso de residencia legal para qué tengo que renovar el visado… Y en fechas distintas. No se entiende. Y si preguntas el porqué te dirán: “Son las normas”.

Pero la aventura de renovar alguno de los dos, no la supera ni el famoso McGiver, que tenia solución para todo, si no andas un poco al hilo. Este año me ha tocado renovar el visado y he tenido que ir a Inmigración tres veces o cuatro, que ya ni recuerdo.

La primera vez que fui, recogí los formularios correspondientes y pregunté si hacia falta algún papel más. Me dijeron que no. Luego pregunté que cuál era el plazo de presentación. Me contestaron que había plazo de presentación hasta treinta dias después del vencimiento, que en verdad son veintiocho porque mi visado vencia el 24 de agosto y me dijeron que el último día para presentar toda la documentación sería el 22 de septiembre inexcusablemente.

La segunda vez que voy ( el dia 2 de septiembre ) presento los formularios debidamente rellenados y me dicen – en japonés - que me faltan: certificado de matrimonio, certificado de la renta de mi mujer, certificado de la renta mío, fé de vida de mi mujer ( es decir, si esta viva ) y una carta mía – esto es nuevo – de por qué estoy en Japón y a qué vine. Le digo que me lo podían haber dicho antes, cuando vine la primera vez, que para eso pregunté. “Son las normas” dicen. A todo esto,los funcionarios de la ventanilla solo hablan japonés. En un lugar en el que han de atender solamente a extranjeros no hablan el inglés los “cagatintas” japos. Increíble…

Vuelvo el 12 de septiembre con todos los papeles que me piden y … ii Está todo correcto!!... pero me dice el funcionario: Falta una una cosa: una carta pidiendo excusas al Ministro de Justicia por tu tardanza en presentar el visado y los motivos de este hecho. Le digo, cortesmente – por dentro me hervía la sangre -, que el primer día me dijeron que había treinta dias de plazo despues del vencimiento para presentar toda la documentación. Su respuesta: Sí, está bien… pero son las normas. Total que me pongo a redactar la carta ( en inglés y español ) y la entrego ( menos mal que me habían respetado el orden en la cola de alienígenas ). “Ahora tienes que rellenar esta tarjeta postal con tus datos y el domicilio para avisarte cuando esté listo para recoger”. ii Olé sus cojones!!... si tienen los datos en todos los formularios y papeles exigidos… Por fin acabo.

Me citan para recoger el visado el 10 de octubre y me dirijo por cuarta vez a las Oficinas de Inmigración. Hago cola. Al llegar mi turno me dicen que tengo que rellenar otro formulario para pagar las tasas correspondientes y subir a la oficina de pagos, dos pisos más arriba, volver a bajar con el resguardo y al entregarlo me devolverán el “pasaporte” con el visado. Todo muy sencillo nó…?

Escrito por Paco Ortega
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